miércoles, 18 de noviembre de 2009

SAN LUIS: LEY DE MEDIOS SAÁ, CONTROLAR DESDE EL FEUDO ES MEJOR...
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¿Libertad de expresión o de expansión?
La iniciativa del gobierno provincial no solo es peligrosa por lo que dice, sino por lo que calla
Si uno se deja llevar por la fría letra de la iniciativa del gobierno que habla de garantizar lo que ya está garantizado constitucionalmente, podría decirse que tiene aspectos cándidos, inocentes, hasta podrían considerárselos naif. Pero lo peligroso del proyecto titulado como "de Libertad de Pensamiento, Expresión, Conocimiento, Información y de Ideas", no está solo lo que dice, sino en lo que calla. También en que avanza sobre todos los medios, escritos, orales, televisivos y de Internet, sobre los que hasta ahora no tenía control.




Hoy comenzarán las rondas de conversaciones con los propietarios de medios, a quienes intentarán, seguramente, seducir con la promesa de no tocar los derechos adquiridos. Es el turno de las radios. Los que escuchan y los que trabajan son convidados de piedra en esta discusión con el gobierno, que critica por autoritaria a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisuales que aprobó el Congreso Nacional y San Luis apostó a su declaración de inconstitucionalidad.

De arranque, el artículo más simpático, propone garantizar lo que las consituciones nacional y provincial ya lo hacen, por lo tanto, es una obviedad y una redundancia. El artículo 1 "garantiza en todo su territorio la Libertad de Pensamiento, Expresión, Conocimiento, Información y de Ideas como atributo esencial de toda persona. Ninguna ley ni autoridad puede restringir la libre expresión y difusión de las mismas". Hasta ahora no han hecho mucho para que eso suceda, pero necesitaban un título para la ley.

Ya en el segundo artículo, la cosa se pone un poquito más densa, puesto que sienta jurisdicción provincial en temas que la provincia nunca había definido como propios. Caen allí todo tipo de medios de comunicación en la órbita del poderío feudal. "Radiodifusión, Televisión abierta, por cable, Internet, Escritos y cualquier otro que se realice dentro de sus límites territoriales" son los tópicos que ahora estarán bajo la órbita del poder puntano.

El tercer párrafo del artículo 3, después de una buena declaración de principios, dice que "La prestación de servicios de comunicación debe basarse en el respeto y la protección de los principios, los valores y los derechos fundamentales que reconoce la Constitución, en especial el derecho al honor, el derecho a la intimidad y el derecho a la propia imagen". El subrayado es nuestro. Es también una obviedad que todos los ciudadanos tenemos el derecho a preservar nuestro honor, pero ¿cuándo lo vemos conculcado? No es más que una elipsis para reflotar las viejas "calumnias e injurias" que están prontas a ser derogadas por el Congreso de la Nación. Cualquier crítica podría ser tomada como un ataque al "derecho al honor" de los funcionarios, por ejemplo y terminar demandado en la ultra dependiente justicia puntana. También el tema de "la propia imagen" tiene sus vericuetos. Una caricatura, una ironía o un sarcasmo podría también afectar "la propia imagen" y la cosa podría dirimirse en Tribunales.

El gobernador Alberto Rodríguez Saá y su séquito criticaron de manera abierta la composición de la Autoridad de Aplicación que contempla la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que estará integrada por represententes de todas las provincias (a través del Consejo), académicos y dos funcionarios puestos de manera directa por del Ejecutivo Nacional. Lo insólito del proyecto que envió Rodríguez Saá a la Legislatura es que dice que llevará un libro donde se anoten las frecuencias disponibles y "otorgará, a través del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión, la autorización pertinente a los efectos de la prestación de servicios de comunicación, con la única limitación de la efectiva disponibilidad de frecuencias", pero solo enuncia, sin ninguna precisión, como se compone el órgano, quienes están representados, etc. etc. Una muestra brutal de centralismo en la decisión.

Acceder a una frecuencia de ondas hertzianas parece un trámite fácil: "En los servicios que utilicen frecuencias del espectro radioeléctrico, asegurar el tiempo mínimo diario de doce horas de emisión, o el que establezca la reglamentación". Acá viene la pregunta ¿cuál será la reglamentación? La reglamentación es algo así como la letra chica del prospecto (generalmente las contraindicaciones) o del contrato y lo que no está delimitado taxativamente en la ley, queda para la interpretación de la reglamentación. Y allí viene, casi siempre, el cimbronazo.
Como no podía ser de otra manera, también "La reglamentación dispondrá los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones, respetando los principios de transparencia, igualdad y no discriminación". Se busca "consesuar" una ley que deja muchos baches y cosas sin decir, que después se rellenan a "gusto y placer" con la reglamentación. Este "consenso" impuesto, en términos de Gramsci, se llama mantener la hegemonía.

Como anticipo del cachetazo, la propuesta dice: "Créase un Consejo Consultivo de Libertad de Expresión, de carácter netamente técnico, que reglamentará su funcionamiento y las normas técnicas que correspondieren, integrado por representantes de una Entidad Intermedia u Asociación de la Provincia, de una Universidad de la Provincia y del Poder Ejecutivo Provincial". ¿Hay que poner los nombres o ya se los imagina? Salvo la entidad intermedia, a la que le cabe el beneficio de la duda, los otros dos estamentos serán el Ejecutivo y la ULP.

Pero la frutillita del postre es el artículo 9, puesto que los que accedan hoy a una frecuencia, si pagan y tienen sus papeles en regla, garantizan para si y para sus herederos la permanencia en el éter, sin que tengan que rendir cuentas de nada hasta la eternidad.

"Las autorizaciones para la prestación de servicios de comunicación tendrán una duración indefinida mientras el autorizado cumpla con sus obligaciones administrativas, laborales y fiscales. En caso de cesión de la autorización, se requerirá la previa autorización del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión".

¿Quien cree que está hoy en condiciones económico financieras para quedarse con las frecuencias disponibles para siempre?

Si pensó mal, seguro acertó.

El proyecto es un mal chiste, pero intentará someter al control gubernamental los medios que hoy no maneja, incluso Internet, que es el que más le preocupa por su alcance ilimitado, que va mas allá de cualquier frontera.

Demás está decir que el texto presentado en la Legislatura no contempla el libre acceso a las fuentes informativas oficiales, ni garantiza una equitativa distribución de la publicidad oficial. Ni siquiera ha sido enunciado para la famosa "reglamentación".

Estes es, aunque con un título atractivo, uno de los avances más serios sobre la libertad de expresión, luego de la tristemente célebre "Ley Mordaza" que el gobierno intentó reflotar en 2004 y fue sacada de circulación luego de las movilizaciones que hizo el periodismo y las críticas que recibió de distintos sectores de la sociedad del país todo.

El texto completo de la nueva intentona del gobierno

ARTÍCULO 1°: La Provincia de San Luis, de conformidad con las potestades derivadas de los artículos 32 y 121 de la Constitución Nacional y artículo 21 de la Constitución Provincial, garantiza en todo su territorio la Libertad de Pensamiento, Expresión, Conocimiento, Información y de Ideas como atributo esencial de toda persona. Ninguna ley ni autoridad puede restringir la libre expresión y difusión de las mismas.

ARTICULO 2°: Corresponde a la Provincia de San Luis la jurisdicción de todas las materias relativas a los servicios de difusión que comprenden: Radiodifusión, Televisión abierta, por cable, Internet, Escritos y cualquier otro que se realice dentro de sus límites territoriales.

ARTICULO 3°: Todos los ciudadanos tienen derecho a recibir información veraz y a escoger libremente los servicios que quieran recibir, sin que los intereses privados y los poderes públicos puedan interferir ni sustituir sus decisiones.
El pluralismo en la comunicación es una condición esencial para el cumplimiento de la libertad de expresión, de información y de comunicación, y garantiza la libre formación de opinión pública, la diversidad y la cohesión sociales.
La prestación de servicios de comunicación debe basarse en el respeto y la protección de los principios, los valores y los derechos fundamentales que reconoce la Constitución, en especial el derecho al honor, el derecho a la intimidad y el derecho a la propia imagen.

ARTICULO 4°: A los fines establecidos en los artículos anteriores, la Provincia de San Luis llevará un Libro Público de frecuencias del espectro radioeléctrico disponibles y otorgará, a través del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión, la autorización pertinente a los efectos de la prestación de servicios de comunicación, con la única limitación de la efectiva disponibilidad de frecuencias.

ARTICULO 5º: Los interesados en obtener una autorización para la prestación de servicios de comunicación previstos en esta ley sólo deberán cumplir como requisitos previos y esenciales, los siguientes:
Indicar el director, editor o emisor responsable y su domicilio real y legal en el territorio de la Provincia de San Luis;
En los servicios que utilicen frecuencias del espectro radioeléctrico, asegurar el tiempo mínimo diario de doce horas de emisión, o el que establezca la reglamentación.

ARTICULO 6º: La reglamentación dispondrá los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones, respetando los principios de transparencia, igualdad y no discriminación.

ARTICULO 7°: Créase un Consejo Consultivo de Libertad de Expresión, de carácter netamente técnico, que reglamentará su funcionamiento y las normas técnicas que correspondieren, integrado por representantes de una Entidad Intermedia u Asociación de la Provincia, de una Universidad de la Provincia y del Poder Ejecutivo Provincial.

ARTICULO 8°: Son funciones del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión:
Definir el espectro radioeléctrico disponible;
Llevar el Registro Público de frecuencias del espectro radioeléctrico disponibles, asegurando adecuada y permanente publicidad y difusión;
Asignar frecuencias del espectro radioeléctrico disponibles;
Elaborar los reglamentos de alcance general y particular;
Prevenir o corregir prácticas anticompetitivas o discriminatorias;
Dirimir los diferendos que pudieran surgir;
Entender y coordinar en todo trámite de autorización.
Su actuación deberá inspirarse en el respeto a los principios de libertad de expresión, derecho a la intimidad y de información veraz.

ARTICULO 9°: Las autorizaciones para la prestación de servicios de comunicación tendrán una duración indefinida mientras el autorizado cumpla con sus obligaciones administrativas, laborales y fiscales. En caso de cesión de la autorización, se requerirá la previa autorización del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión.

ARTICULO 10°: Para la aplicación de la presente ley, se tendrán en cuenta las previsiones contenidas en los Tratados Internacionales de Telecomunicaciones o Radiodifusión en los que la República Argentina sea parte.

ARTICULO 11°: De forma.
Informe: Gustavo Senn gustavosenn@gmail.com
http://www.periodistasenlared.info/noviembre09-17/nota8.html
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Ley provincial de medios y la invitación a una discusión sin sentido
El secretario de Difusión le dijo a Mario Otero informó que la reglamentación ya está lista
El polémico anteproyecto de ley “de Libertad de Pensamiento, Expresión, Conocimiento, Información y de Ideas”, por los dichos del periodista Mario Otero en el programa “Verdades y Mentiras” que conducen Elisa Sosa y Orlando Suárez, en Carolina Cable Color, más que anteproyecto ya es una virtual ley, puesto que el colega manifestó que en diálogo con el responsable de Prensa y Difusión de la Provincia, Mauricio Muñoz, éste le había señalado que el decreto reglamentario ya está listo.

En el programa de anoche, se discutió sobre este polémico proyecto, sobre su constitucionalidad o no y qué pensaban distintos colegas sobre el mismo.

En medio de las exposiciones, Otero sorprendió a propios y extraños cuando señaló que Mauricio Muñoz le había admitido que la reglamentación ya está lista, cuando aún no se ha presentado el proyecto en la Cámara de Diputados.

Pero lo peor es que desde anteayer, el gobierno ha montado lo que, a partir de las declaraciones de Otero, a todas luces sería una gran farsa, puesto que se ha invitado a propietarios de medios para que aporten ideas, que visiblemente no serán tomadas en cuenta, debido precisamente a que su reglamentación ya está tipeada y salida del horno.

No sería de extrañar, si uno toma en cuenta lo ocurrido con la famosa Reforma Política, que se expidió sin agregar nada de los aportes que hicieron distintos sectores en otra gran farsa montada por el oficialismo, y lo mismo ocurrió cuando convocaron a los ambientalistas, y mientras estaban reunidos proponiendo ideas, a la misma hora, el proyecto estaba ingresando a la Legislatura.
Informe: Carlos Rubén Capella carlosrcapella@yahoo.com.ar
http://www.periodistasenlared.info/noviembre09-19/nota6.html