miércoles, 3 de febrero de 2010

SAN LUIS:FALLO DE LA CORTE SOBRE LOS DNU, DERROTA DE RODRÍGUEZ SAÁ...

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En la CSJN “No es posible”

Rechazaron el planteo realizado por San Luis por el Fondo del Bicentenario

Un nuevo revés judicial tuvo el gobierno provincial, debido a que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó ayer el pedido de inconstitucionalidad que fue presentado hace unos meses, sosteniendo que no está legitimada para actuar en este caso en representación de sus ciudadanos.



La Corte no se expidió sobre el fondo de la cuestión, sobre si el Decreto 2010/09, de Necesidad y Urgencia (DNU), que creó el Fondo del Bicentenario, es válido o no, sino que simplemente dispuso que San Luis carece de interés directo sobre la causa y que no está legitimada para actuar en este caso en representación de sus ciudadanos.

Este fallo en contra, es un nuevo traspié judicial en la Corte Suprema Justicia de la Nación, puesto que anteriormente este mismo tribunal dispuso que la alocada intendencia de María Angélica Torrontegui -en épocas de Daniel Pérsico como intendente capitalino, que generó la doble intendencia-, no era válida y por ello el capricho llegó a su fin.

Informe: Carlos Rubén Capella carlosrcapella@yahoo.com.ar

http://www.periodistasenlared.info/febrero10-03/nota1.html


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Mutis por el fallo de la Corte
El gobierno no emitió pronunciamiento sobre el revés del fallo de la Corte Suprema

"El Fiscal (Eduardo Segundo) Allende tuvo los teléfonos cerrados para todo el mundo" señaló un colega que había intentado comunicarse -al igual que lo hizo luego Periodistas en la red- para conocer la reacción del gobierno ante el revés judicial que recibió por su presentación ante la Corte Suprema por el decreto de Necesidad y Urgencia que emitió la Presidenta Cristina Fernández, para constituir el Fondo del Bicentenario con reservas del Banco Central. Tampoco el celular del responsable de prensa de Casa de Gobierno recibió las llamadas ni contestó los mensajes de texto. Silencio absoluto.

"Solo puedo decirle que el Fiscal Allende será quien hable del tema, pero ahora está en Buenos Aires", fue la única respuesta extraoficial que dio un empleado de prensa de la Casa de Gobierno.

El máximo tribunal no se expidió sobre el tema de fondo, pero consideró que la provincia gobernada por Alberto Rodríguez Saá no tiene las facultades suficientes para ejercer el control de las facultades que delegó en la Nación, "sin un interés directo cláramente demostrado". San Luis había cuestionado el decreto de necesidad y urgencia (DNU) del Poder Ejecutivo Nacional 2010/09, por el que se creaba el Fondo del Bicentenario. Hasta esta tarde no hubo pronunciamientos en el ámbito gubernamental.

La presentación hecha por Fiscalia de Estado de San Luis, cuestionaba al Poder Ejecutivo Nacional por pretender "utilizar las reservas federales del Banco Central de la República Argentina para cancelar servicios de deuda pública con vencimiento en el año 2010, que constituyen obligaciones que el Tesoro Nacional mantiene con Organismos Multilaterales y con tenedores particulares, sin cancelar las partidas previamente autorizadas por el Congreso con ese mismo objetivo y por un monto similar en la ley de presupuesto para el ejercicio financiero en curso, n° 26.546, o destinar esos recursos a otras finalidades o bien reintegrarlos a la base imponible de la masa coparticipable mediante las correspondientes reducciones de impuestos comunes a la Nación y las provincias".

El Estado Nacional, por su parte, argumentó que " no es apta para el debate de la cuestión" y que "no existe una lesión constitucional, por falta de perjuicio concreto y actual, y que los daños invocados por la actora son eventuales o hipotéticos, sin incidencia directa sobre los derechos de la provincia".

Por esa razón la Corte Suprema de Justicia entendió que San Luis "carece de legitimación para actuar en autos, en tanto dice proteger los intereses de los ciudadanos de la provincia" y no demuestra que se trate "de un interés directo de la actora que la transforme en parte sustancial" y rechazó la presentación con costas para la provincia.

El Tribunal no realizó ningún pronunciamiento sobre el decreto de necesidad y urgencia que era cuestionado.
Informe: Gustavo Senn gustavosenn@gmail.com
http://www.periodistasenlared.info/febrero10-04/nota5.html




La Corte rechazó el amparo de San Luis contra el Gobierno

Sostuvo que la provincia no tenía legitimación para cuestionar el decreto de la Presidenta

La Corte Suprema le dio ayer un respiro al Gobierno, golpeado por una sucesión de fallos adversos: rechazó un amparo de la provincia de San Luis contra el decreto de Cristina Kirchner que ordenó usar reservas del Banco Central para crear el Fondo del Bicentenario.

El tribunal no se pronunció sobre el fondo del asunto: si el decreto 2010 es inconstitucional. Se limitó a sostener que la provincia no estaba legitimada para cuestionarlo.

En un fallo breve, de cinco carillas, la Corte explicó cuál había sido el planteo de San Luis y cuáles las defensas del Gobierno, y sostuvo que la provincia no tenía legitimación para plantear la inconstitucionalidad, ni en representación de sus ciudadanos ni por derecho propio.

En este expediente el máximo tribunal intervino con competencia originaria, por ser un planteo de una provincia contra la Nación. Pero el caso podría volver a llegarle por otra vía, si aceptara tratar algún recurso extraordinario contra una decisión de un tribunal inferior.

Hay uno en marcha. Es el que planea promover el Gobierno contra la medida cautelar de la jueza María José Sarmiento -confirmada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo- que suspendió los efectos del decreto 2010 y congeló la formación del Fondo del Bicentenario.

Pero la Corte también podría rechazar este expediente: en principio, sólo revisa sentencias definitivas y las medidas cautelares no lo son.

"Normalmente no se abren recursos por cautelares", reafirmó ayer una alta fuente del tribunal. Para sortear la dificultad, el procurador Joaquín Da Rocha podría alegar que se trata de un caso de "gravedad institucional", que amerita la intervención de la Corte, según informó a LA NACION una fuente del Gobierno. El plazo para presentar el recurso vence el lunes próximo.

Suspenso

La definición del caso San Luis fue con suspenso. Los ministros pensaban tener listo su fallo al mediodía, pero el debate se prolongó. Se resolvió, no obstante, sin disidencias. "Había acuerdo en la decisión a tomar. Los precedentes de la Corte no daban margen para resolver otra cosa", dijeron en el tribunal.

Anoche, el único que todavía no lo había firmado era Carlos Fayt, el juez que anteayer enfrentó al Gobierno y afirmó que "la Justicia es un poder del Estado y no un partido político". Tampoco tiene la firma de Raúl Zaffaroni (se excusa en los planteos de San Luis).

La acción de amparo había sido presentada el 27 de diciembre por el gobernador Alberto Rodríguez Saá, que alegó que el decreto era inconstitucional porque no era una medida necesaria ni urgente, porque se dictó pocos días después finalizado el período de sesiones ordinarias del Congreso y porque las provincias, por medio de la Constitución, no delegaron en el Poder Ejecutivo (sino en el Congreso) las atribuciones para regular al Banco Central.

Pero la Corte no analizó ninguno de estos fundamentos. Dijo que San Luis no estaba habilitada a accionar en nombre de sus ciudadanos porque la Constitución establece de forma taxativa quiénes pueden arrogarse esa representación en casos de derechos de incidencia colectiva y sólo menciona al afectado, a las asociaciones civiles y al defensor del pueblo. No a las provincias.

Recordó que lo mismo había sostenido en un caso de 2002, cuando Río Negro cuestionó las normas que crearon el corralito financiero y el máximo tribunal le dijo que no estaba legitimada para hacerlo.

Pero San Luis había afirmado que también se había visto afectada "como provincia" por el decreto 2010. Sostuvo que la Presidenta se atribuyó facultades legislativas y que con su decreto puso en riesgo el valor de la moneda.

En este punto, la Corte fue terminante: dijo que San Luis no había demostrado "un interés directo" y sostuvo, además, que no puede reconocércele a ninguna provincia "la potestad de ejercer un control pormenorizado del ejercicio" de las facultades delegadas a la Nación con un amparo como el que promovió Rodríguez Saá.


EL CASO

* San Luis denuncia. El gobernador Alberto Rodríguez Saá, patrocinado por el ex juez de la Corte Rodolfo Barra, presentó un amparo el 27 de diciembre pasado para que la Corte declarara inconstitucional el decreto que creó el Fondo del Bicentenario.

* La Corte toma el caso. La causa fue girada de inmediato al procurador, Esteban Righi, que propuso que la Corte se declarara competente. El fundamento es que las denuncias de provincias contra el Estado se tramitan en instancia originaria y única de la Corte. El tribunal aceptó el caso y le dio traslado al Gobierno.

* El Gobierno responde. El 8 de enero, el Gobierno presentó un informe en el que pidió el rechazo de la demanda. En ese documento, admitió que sin el Fondo del Bicentenario no iba a poder cumplir con el presupuesto.

* Se rechaza el amparo. En un breve fallo, la Corte dijo que San Luis no tenía legitimación: que la Constitución no la habilitaba a accionar por sus ciudadanos y que no podía pretender hacer "un control pormenorizado de las facultades delegadas" a la Presidencia con un amparo.

http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1229010 Paz Rodriguez Niell

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La Corte rechazó el amparo de San Luis por el uso de reservas

El Máximo Tribunal entendió que la provincia no tiene legitimación para accionar en nombre de sus ciudadanos. No se pronunció sobre la constitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 2010/09, que creó el Fondo del Bicentenario.

Fallo completo application/pdf 4271.95 Kb.(en el enlace más abajo)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este martes la acción de amparo presentada por la provincia de San Luis, en donde pidió se declare la inconstitucionalidad del decreto 2010/09, que creó el Fondo del Bicentenario para el pago de deuda pública con reservas del Banco Central.

El Máximo Tribunal, sin pronunciarse sobre el fondo del reclamo, entendió que la provincia no tiene legitimación para accionar en nombre de sus ciudadanos.

“El Estado local carece de legitimación para actuar en autos, en tanto dice proteger los intereses de los ciudadanos de la provincia. En este sentido, varias de las razones en las que intenta sustentar su demanda, antes que demostrar los perjuicios concretos que se le acarrearían a la provincia, pretenden proteger una supuesta afectación de los intereses de aquéllos, circunstancia que descarta la posibilidad de que se trate de un interés directo de la actora que la transforme en parte sustancial”, señaló.

Y en cuanto a los argumentos planteados por San Luis en cuanto al interés que esgrime el Estado provincial en asegurar la observancia de los términos bajo los cuales él participa en el sistema federal, aseguró que éstos “no pueden ser atendidos desde que San Luis –con el concierto del resto de las jurisdicciones provinciales- ha delegado en el Gobierno Central el ejercicio de dichas facultades, y en ese marco no puede reconocérsele la potestad de ejercer un control pormenorizado del ejercicio de aquéllas por parte de la Nación, sin un interés directo claramente demostrado”.

http://www.cij.gov.ar/nota-3339-La-Corte-rechazo-el-amparo-de-San-Luis-por-el- uso-de-reservas.html