jueves, 4 de noviembre de 2010

SAN LUIS TIENE SU LEY DE MEDIOS A GUSTO DE RODRÍGUEZ SAÁ...





Una sesión con todo
Portazos, fracturas en el oficialismo y hasta la aprobación de una ley sin quórum

Diputados aprobó la Ley de Medios del Gobierno
La Cámara de Diputados le dio aprobación definitiva a la Ley de Medios del Gobierno. La flamante ley garantiza el control de Ejecutivo para otorgar las licencias de radiodifusión, entre otras cuestiones. Además, la Ley de Medios Provincial se contrapone con la Ley de Servicios Audiovisuales.



Una sesión con todo
Portazos, fracturas en el oficialismo y hasta la aprobación de una ley sin quórum

La sesión de este miércoles fue movida. El pedido del diputado Luis Foresto para que se tratara un proyecto de su autoría en el que se pide la derogación de la ley que permite manejar a voluntad al Ejecutivo los subsidios destinados al transporte, que no fue acompañada por el oficialismo, hizo que el mercedino pegara un portazo y se abriera del bloque del PJ-PUL. También se fue otro sindicalista de Pedernera, Luis Zabala, que ya había mantenido una posición crítica. Estas dos deserciones se suman a las otras dos de la sesión anterior en donde se fueron Carlos Cobos (MoCoMer) y Alberto Magallanes (Movimiento Malvinense) que integraban el bloque mayoritario.

La decisión del gremialista de la UTA y diputado por Pedernera no sorprendió a nadie y se trataba de un alejamiento anunciado y más bien postergado en desmasía de acuerdo a lo que se estaba viviendo en la Cámara. Cuando se trataron temas claves, como el presupuesto, no concurrió. El de Zabala tampoco fue sorpresivo, pero había acompañado en algunos temas a su bloque.

Ayer, también se trató en Diputados la denominada Ley de Libertad de Expresión, la que fue aprobada sin el quórum necesario, ya que al momento de la votación había solo 19 diputados contando a la presidenta. Aunque el quórum debería ser de 22, ya que son 43 los diputados que componen la cámara, una interpretación sui generis del reglamento hace que solo se cuenten los que efectivamente van a las sesiones. Si se le resta los 4 diputados proscriptos de Dupuy y Belgrano y los dos del oficialismo que ocupan cargos ministeriales -Poggi y Xacur- son 37. La mitad más uno que da el quórum son al menos 20 ya la cifra exacta es 19,5 y no hay diputados por mitades.
Informe: Gustavo Senn gustavosenn@gmail.com
http://www.periodistasenlared.info/noviembre10-04/nota4.html





Diputados aprobó la Ley de Medios del Gobierno
La Cámara de Diputados le dio aprobación definitiva a la Ley de Medios del Gobierno. La flamante ley garantiza el control de Ejecutivo para otorgar las licencias de radiodifusión, entre otras cuestiones. Además, la Ley de Medios Provincial se contrapone con la Ley de Servicios Audiovisuales.

Desde el oficialismo se argumenta que el Ejecutivo puede tener su propia Ley de Medios basándose en el artículo 32 de la Constitución Nacional. El mencionado artículo establece que “el Congreso Federal no dictará leyes que restrinjan la libertad de imprenta o establezcan sobre ella la jurisdicción federal”.

“Si uno ve el artículo 75 que habla de medios audiovisuales y analiza los fallos y las jurisprudencias que ha asentado la Corte Suprema en varios casos, se pude dar cuenta tranquilamente que el órgano federal es el que tiene que llevar adelante la aplicación de una ley de medios. Es el órgano federal el que tiene que tener el poder de policía para dar las autorizaciones de las frecuencias. Además el espacio radioeléctrico es uno, no se divide en provincias”, expresó el diputado opositor Eduardo Gargiulo.

El inciso 19 del artículo 75 de la Constitución Nacional dice que corresponde al Congreso “dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales”.

El artículo 8 de la Ley de Medios del Provincial establece que las funciones que tendrá el Consejo Consultivo de Libertad de Expresión serán otorgar las licencias de radiodifusión. Esa tarea, junto a otras, son las mismas que tiene a la Autoridad Federal de Comunicación Audiovisual (ex Comfer).

Por otra parte, otro artículo establece la creación del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión con la participación profesionales habilitados en servicios de difusión. También se contempla la participación de una Entidad Intermedia u Asociación de la Provincia, de una Universidad de la Provincia y del Gobierno. Aunque el texto de la ley no dice la cantidad de miembros del Concejo Consultivo, el diputado oficialista Julio Braverman dijo que serán tres.

Obviamente, cuando se dice Universidad de la Provincia, se dice Universidad de La Punta, sumado al miembro del Ejecutivo, el Gobierno tiene garantizada la mayoría en el Concejo Consultivo, siempre y cuando la Entidad Intermedia no obedezca al Ejecutivo, algo que es poco probable. Si se da ese caso, la mayoría será absoluta.

Habrá que esperar el correr de los días para saber sin con la Ley de Medios enpieza otro conflicto judicial entre el Gobierno y la Nación.

La ley dice textualmente:

ARTÍCULO 1°: La Provincia de San Luis, de conformidad con las potestades establecidas por los artículos 32 y 121 de la Constitución Nacional y artículo 21 de la Constitución Provincial, garantiza en todo su territorio la Libertad de Pensamiento, Expresión, Conocimiento, Información y de Ideas como atributo esencial de toda persona. Ninguna ley ni autoridad puede restringir la libre expresión y difusión de las mismas.

ARTICULO 2°: Corresponde a la Provincia de San Luis la jurisdicción de todas las materias relativas a los servicios de difusión que comprenden: Radiodifusión, Televisión Abierta y por cable, Escritos y cualquier otro que se realice dentro de sus límites territoriales.

ARTICULO 3°: Todos los ciudadanos tienen derecho a información veraz y a escoger libremente los servicios que quieran recibir, sin que los intereses privados y los poderes públicos puedan interferir ni sustituir sus decisiones.

El pluralismo en la comunicación es una condición esencial para el cumplimiento de la libertad de expresión, de información y de comunicación, y garantiza la libre formación de opinión pública, la diversidad y la cohesión social.

La prestación de servicios de comunicación debe basarse en el respeto y la protección de los principios, los valores y los derechos fundamentales que reconoce la Constitución, en especial el derecho al honor, el derecho a la intimidad y el derecho a la propia imagen.

ARTICULO 4°: A los fines establecidos en los artículos anteriores, la Provincia de San Luis llevará un Libro de Registro Público de frecuencias del espectro radioeléctrico disponibles y otorgará, a través del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión, la autorización pertinente a los efectos de la prestación de servicios de comunicación, con la limitación de la efectiva disponibilidad de frecuencias.

ARTICULO 5º: Los interesados en obtener una autorización para la prestación de servicios de comunicación previstos en esta ley deberán cumplir como requisitos previos y esenciales, los siguientes:

1) Indicar el director, editor o emisor responsable y su domicilio real y legal en el territorio de la Provincia de San Luis;
2) En los servicios que utilicen frecuencias del espectro radioeléctrico, asegurar el tiempo mínimo diario de doce horas de emisión o el que establezca la reglamentación.

ARTICULO 6º: La reglamentación dispondrá los procedimientos de otorgamiento de autorizaciones, respetando los principios de transparencia, igualdad y no discriminación.

ARTICULO 7°: Créase un Consejo Consultivo de Libertad de Expresión, de carácter netamente técnico, que reglamentará su funcionamiento y las normas técnicas que correspondieren, integrado exclusivamente por profesionales habilitados en las materias relativas a los servicios de difusión, representantes de una Entidad Intermedia u Asociación de la Provincia, de una Universidad de la Provincia y del Poder Ejecutivo Provincial.

ARTICULO 8°: Son funciones del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión:

a) Definir el espectro radioeléctrico disponible;
b) Llevar el Libro de Registro Público de frecuencias del espectro radioeléctrico disponibles, asegurando adecuada y permanente publicidad y difusión;
c) Autorizar frecuencias del espectro radioeléctrico disponibles;
d) Elaborar los reglamentos de alcance general y particular;
e) Prevenir o corregir prácticas anticompetitivas o discriminatorias;
f) Dirimir los diferendos que pudieran surgir;
g) Entender y coordinar en todo trámite de autorización.

Su actuación deberá inspirarse en el respeto a los principios de libertad de expresión, derecho a la intimidad y de información veraz.

ARTICULO 9°: Las autorizaciones para la prestación de servicios de comunicación tendrán una duración indefinida mientras el autorizado cumpla con sus obligaciones técnicas, administrativas, laborales y fiscales. En caso de cesión se requerirá la previa autorización del Consejo Consultivo de Libertad de Expresión.

ARTICULO 10°: Se respetarán los derechos adquiridos relativos a los servicios de difusión.

ARTICULO 11°: Para la aplicación de la presente ley, se tendrán en cuenta las previsiones contenidas en los Tratados Internacionales de Telecomunicaciones o Radiodifusión en los que la República Argentina sea parte.

ARTICULO 12°: De forma.
http://www.lagaceta-digital.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&i d=3319:diputados-aprobo-la-ley-de-medios-del-gobierno&catid=1:latest-news&Item id=50





Encuesta muestra gran apoyo a los Kirchner y poca intención de voto a favor de Rodríguez Saá Una encuesta realizada del 1ro al 3 de noviembre por la empresa “Diagnóstico y Análisis - Estudios de Opinión Pública” muestra que, a pesar de las constantes críticas por parte del Gobierno Provincial, la mayoría de los sanluiseños tiene una buena imagen de los Kirchner.

De acuerdo a la encuesta, que se realizó en San Luis, San Juan y Mendoza, tomando 345 casos en las primeras dos ciudades y 696 en la última, la imagen positiva del recientemente fallecido Néstor Kirchner alcanza el 95,65% en nuestra ciudad, cifra significativamente mayor a las que el ex presidente alcanzó en las provincias vecinas, con un 82,3% en San Juan y un 67,52% en Mendoza.

Lo que es más, la encuesta revela que la intención de voto a favor de Adolfo Rodríguez Saá, en la propia San Luis, es menor que la de Cristina Fernández de Kirchner. Para ser exactos, la Presidenta tiene una intención de voto del 37,39% en nuestra ciudad, superando de este modo a Rodríguez Saá, quien quedó en segundo lugar con un 28,11%.

En cuanto al total de las tres provincias, en lo que a intención de voto se refiere, la Presidenta quedó en primer lugar (44,43%), Julio Cobos en segundo (10,67%) y Rodríguez Saá tercero (7,43%), superando de este modo a figuras como Ricardo Alfonsín, Eduardo Duhalde, Carlos Reuteman y otros más.

Continuando con el claro apoyo a los K que devela la encuesta, cabe destacar que, en San Luis, el 61,44% de los encuestados reconoce una buena capacidad de liderazgo por parte de Cristina “para seguir al frente del Gobierno Nacional”. En este sentido, la Presidenta demostró ser aún más popular en San Juan, donde su capacidad de liderazgo fue reconocida por el 72,17% de la gente que respondió al cuestionario. Finalmente, en Mendoza, la cifra fue apenas positiva, llegando solo al 53,58%.
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