viernes, 28 de septiembre de 2007

PROPAGANDA POLITICA: HAZ LO QUE YO DIGO NO LO QUE YO HAGO…

Campaña presidencial
Cuanto cuesta la campaña de ARS II? Estando en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires este fin de semana, pudimos apreciar en persona, sin que nadie nos lo cuente, lo que se está dilapidando en la campaña de Alberto Rodríguez Saá a Presidente de la Nación, tal vez sólo para alcanzar un exiguo porcentaje de los votos.
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Y eso que sólo recorrimos algunos lugares de Buenos Aires, por cuanto uno se puede imaginar que lo mismo está ocurriendo en el conurbano bonaerense y en el resto de las provincias argentinas.
Los afiches anunciando su candidatura, pululan por cuanto barrio porteño existe, y los hay desde los más comunes -hablando de tamaños-, hasta los más gigantes.
A “Alberto” se lo puede en todas las calles de Buenos Aires, en los afiches pequeños de un metro por dos, y por ejemplo en Nazca, cerca de Gaona, está encima de un edificio en un espacio destinado a publicidad, con cuatro afiches de un tamaño mayor, dos mirando hacia cada lado de la avenida.
Por Gaona también hay algo otro espacio ocupado con su imagen en igual tamaño, también lo está en Rivadavia al 7300, y en todos lados por duplicado, por las dudas que si ponen uno, la gente no lo alcance a ver.
Pero de todos los que vimos, el que más llama la atención es el que está ubicado al lado de un bar, bastante coqueto, que se encuentra frente a la Plaza De Los Dos Congresos, entre Avenida de Mayo e Hipólito Irigoyen, con un gigantografía de aproximadamente dos metros de alto, por casi diez de largo.
Esto sólo en afiches y sólo los que pudimos ver y fotografiar, porque debe haber muchísimos más desparramados por todo el país, y esto sin contar con la campaña en televisión, radios, diarios, revistas, etc., con costos aún mayores.
Y pensar que a través de su diario, en la campaña municipal, le dedicaron espacio y notas con ribetes escandalosos, por el costo también, de las gigantografías que colocó Alfonso Vergés en distintos puntos de la ciudad capital, y obviamente de la cantidad, tamaños y costos de los afiches que su campaña está desplegando, ni mu. Como siempre, claro, viendo la paja en el ojo ajeno y nunca jamás la viga en el propio.
Informe: Carlos Rubén Capellamailto:Capellacarlosrcapella@yahoo.com.ar
Las gigantografías de "El Alberto" están diseminadas por todo Buenos Aires.
http://periodistasenlared.com.ar/setiembre07-25/nota2.htm
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Pocos acatan los límites a la publicidad de campaña
Hay transgresiones del Gobierno y de la oposición
Finalmente, el Gobierno y la oposición han logrado coincidir en algo: ignorar los límites que el Código Electoral impone a la campaña.
Casi diariamente, el presidente Néstor Kirchner pide en actos oficiales el apoyo a la candidatura de su esposa, Cristina Fernández, a pesar de que desde hace cinco años aquella ley prohíbe expresamente el uso de actos de gestión para promover el voto en favor de un candidato.
Los opositores cruzaron otra línea: Jorge Sobisch, Roberto Lavagna y Alberto Rodríguez Saá protagonizan desde hace semanas anuncios de televisión, algo que el Código Electoral impide expresamente. No puede haber propaganda en medios de comunicación hasta 32 días antes de las elecciones.
La ley prevé duras penas, como la inhabilitación de hasta 10 años para ocupar cargos públicos. El artículo 64, modificado en 2002, establece que la campaña presidencial dura 90 días y que durante ese período “la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales". Y en el caso de los anuncios en medios de comunicación, especifica: "Queda prohibida la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación de sufragio".
Esta imposición recae en candidatos a cargos nacionales y antes de los 32 días previos al día de la elección. O sea, sólo podrían emitirse los spots a partir de mañana. (miercoles26) (...)
"El Presidente incurre en una violación gigantesca de la ley. Instar a votar a un candidato, como hace con la primera dama, es una cuestión claramente proselitista", opinó el jurista Alejandro Carrió, de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC).
Pablo Secchi, de la ONG Poder Ciudadano, coincidió: "Si Kirchner desde el Salón Blanco dice que Cristina va a ser la continuidad del cambio, claramente está influenciando el voto de la ciudadanía. Y eso no está permitido por el Código Electoral".
Un diagnóstico similar planteó el constitucionalista Félix Loñ. "El primero que viola la norma es el Presidente, cada vez que arremete contra la oposición desde la Casa Rosada. Lo mismo cuando busca arrastrar votos para su mujer", señaló.
La oposición no se queda atrás. El 15 de julio, durante la previa de la final de la Copa América entre la Argentina y Brasil, fue el debut publicitario de la campaña de Lavagna. Antes del Himno Nacional, millones de personas habían visto el primer spot del candidato. Actualmente, pueden verse otros en la TV por cable. Hace un par de semanas, Sobisch irrumpió en la TV con su promesa de gobernar para todos, "incluso para Néstor y Cristina".
De la propia mente de Rodríguez Saá surgió la publicidad de dibujos animados que se estrenó hace 15 días en el prime time de varios canales: un partido de fútbol entre el "Equipo K" y el de "Sectores sociales".
En los comandos de campaña de Sobisch, Rodríguez Saá y Lavagna se defendieron su estrategia, con distintos argumentos. Para algunos, si el spot televisivo no dice el cargo electivo en juego, no infringen el Código Electoral; para otros, si no se especifica la acción "Vote por mí", tampoco.
Secchi desautorizó ese argumento: "La justificación de que no dicen la palabra «presidente» es un artilugio para evadir el espíritu de la ley".
El constitucionalista Gregorio Badeni añadió: "Eso me suena mucho a una excusa porque, si el aviso es para cargos importantes, todo el mundo sabe quiénes son".
Su colega Delia Ferreira Rubio consideró que "los avisos que se están emitiendo son de campaña y contienen mensajes proselitistas". Según ella, el espíritu de la ley es "limitar los tiempos de las campañas para bajar sus costos".
La ley establece penas distintas según el tipo de transgresión. En el caso de la emisión de publicidad en medios de comunicación fuera de los límites, el partido político perderá el derecho a recibir "contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual" por un plazo de uno a cuatro años y "los fondos para el financiamiento de campaña" por una o dos elecciones.
En cambio, "los funcionarios públicos que autorizaran o consintieran la publicidad de actos de gobierno", en violación de la norma, "serán pasibles de inhabilitación de 1 a 10 años para el ejercicio de cargos públicos".
Ninguna de estas sanciones se aplicó hasta hoy.
Por Sebastián Iñurrieta y Lucrecia Bullrich De la Redacción de LA NACION
Qué dice la ley
32 días antes de las elecciones se puede empezar a publicar publicidad de los candidatos en televisión.
10 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos es la pena máxima para quien incumpla las restricciones.
90 días es la duración total de la campaña. En ese período, los actos de Gobierno no deben mezclarse con la campaña.
2002 fue el año en que se votó esta ley. Hasta ahora nunca hubo sanciones.
http://lanacion.com.ar/EdicionImpresa/politica/nota.asp?nota_id=947149&pid=3245630&toi=5264