jueves, 8 de mayo de 2008

LA JUSTICIA DE LOS RODRÍGUEZ SAÁ...
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Secretarias judiciales despedidas
Se hizo justicia, pero demasiado tarde para Carranza de Carrió

Luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenara al Superior Tribunal de Justicia de San Luis, que se fallara conforme a derecho en el caso de once secretarias dejadas cesantes en el año 1998, por el entonces máximo tribunal digitado por José Antonio Sergnese, por cuestiones políticas y sin sumario previo, la actual conformación del Superior Tribunal decidió la reincorporación de María del Carmen Costanzo de Bridger, más el pago de indemnización por salarios caídos y daño moral, pero el fallo llegó demasiado tarde para Adriana Carranza de Carrió, quien falleció en 2003, sin haber podido “disfrutar” de este acto de justicia, pero se decidió que a sus herederos se les abone la indemnización por salarios caídos, desde su ilegal destitución hasta el momento de su fallecimiento, más los daños morales.

Se calcula una erogación de cerca del millón de pesos para cada una de las actoras. Este fallo supone una medida igual para las otras nueve secretarias removidas en el mismo acto que Costanzo y Carranza.




Las secretarias en cuestión, fueron removidas por el acuerdo número 25, del 9 de febrero de 1998, que se basó en los artículos 10 y 11, de la Ley 5113, llamada de “Emergencia Judicial”, que dispuso “...la puesta en comisión de todos los secretarios y directores no incluidos en el escalafón de empleados judiciales, que actúen en el ámbito del Poder Judicial, quienes podrán ser removidos por el Superior Tribunal de Justicia sin el requisito de sumario previo”, en su artículo 10, mientras que el 11 decidió declarar “... prescindibles a los profesionales relatores que actúan en todo el ámbito del Poder Judicial, los que podrán ser removidos en sus cargos por el Superior Tribunal de Justicia al momento y formas que las necesidades lo indiquen como convenientes”.

María del Carmen Costanzo de Bridger, será reincorporada al cargo de Secretaria de Segunda Instancia, dentro de los diez días de quedar firme la sentencia, y se condenó a “los demandados (Poder Ejecutivo Provincial y Superior Tribunal de Justicia de San Luis) a abonar los salarios dejados de percibir desde la fecha en que fue removida y hasta el efectivo reintegro de la misma, con más sus intereses moratorios y legales, y abonar la suma de cuarenta mil pesos por daño moral ocasionado” y condenar “al Estado Provincial al pago de la indemnización que por salarios caídos le correspondían, a la Dra. Adriana I. Carranza de Carrió, la que será liquidada desde la fecha en que fue removida y hasta la fecha de su fallecimiento, con más los intereses moratorios y legales. También abonar la suma de cuarenta mil pesos por daño moral ocasionado”, dice el fallo, además de “declarar la inconstitucionalidad del art. 858 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia”.

Una vez más, el pueblo de la provincia debe pagar con sus impuestos, los ‘caprichos’ políticos de nuestros funcionarios, y esta vez se estima que lo que deberemos desembolsar los puntanos, es una cifra cercana a los once millones de pesos, en caso de que a las nueve personas que faltan por fallar, se les dicte un fallo similar.

En momentos en que se está hablando de la reforma de nuestra Constitución, sería importante que alguien proponga un artículo que señale la solidaridad de los funcionarios con sus decisiones, así de una buena vez, quien se ‘encapriche’ pague con su propio peculio, sin que tengamos que ser los ciudadanos los que nos ‘clavemos’ por ellos.

Informe: Carlos Rubén Capella carlosrcapella@yahoo.com.ar
http://periodistasenlared.com.ar/mayo08-08/nota1.html

Sergnese es desde 1983 la mano derecha de los Rodríguez Saá en los manipulaciones internas del PJ, luego fue funcionario en distintas áreas y también ministro del Superior Tribunal de Justicia Puntano-