jueves, 22 de diciembre de 2011

LEGISLADORES PUNTANOS SE DUPLICAN LA DIETA, PLIN CAJA TODO QUEDA EN FAMILIA...



Se aprobó la Ley que duplica los módulos de haberes de los legisladores de San Luis

Los legisladores se duplicaron las dietas

Se aprobó ayer
Legisladores duplicarán sus dietas y se harán cargo del personal político




Se aprobó la Ley que duplica los módulos de haberes de los legisladores de San Luis
Finalmente se aprobó en la Cámara de Diputados la Ley que modifica "las estructuras funcionales de las Cámaras de Diputados y Senadores" y que estable duplicar los módulos de haberes para los legisladores para que se hagan cargo de los gastos y sueldos de empleados. El diputado Fidel Haddad, en diálogo con La Locomotora, afirmó que es lamentable terminar el año de esta manera y agregó que no tiene dudas que “un enorme porcentaje irá a parar al bolsillo de los legisladores”. (Audio Fidel Haddad)
http://radiofm.unsl.edu.ar/




Se aprobó ayer
Legisladores duplicarán sus dietas y se harán cargo del personal político
La cámara de diputados aprobó por cuarenta y un votos a favor y uno en contra el proyecto que venía del senado mediante el cual se crean tres tipos de cargos en la estructura de la Legislatura. Uno de ellos es con remuneración a cuenta del Estado con estabilidad, otro, también a cuenta del Estado, pero sin estabilidad, para los cargos políticos tales como secretarios, prosecretarios y demás estructura funcinal y un tercer tipo de régimen, sin estabilidad y que deberán afrontar los legisladores, "asegurando total desvinculación en la relación de dependencia laboral, salarial, previsional y fiscal con el Estado Provincial", igual que otros gastos como la telefonía. Para ello, recibirán "12 módulos" de dinero, igual al ingreso bruto que perciben como dieta.

El polémico proyecto, que fue tratado hoy en extraordinarias, aprueba una estructura funcional en cada una de las cámaras, una de personal estable como los taquígrafos, personal adminstrativo, de maestranza, archivo, entre otros; otro también con relación laboral con el Estado, pero en cargos políticos de relevancia, como los secretarios, prosecretarios, el asesor legal de cámara, entre otros y una tercera categoría, donde se encuentran los asesores de los legisladores y otro personal que trabaje con cada diputado o senador de manera personal.

Para ello, la norma aprobada hoy, en su artículo 7 señala que "los señores Legisladores asumirán el pago de las remuneraciones del personal que revista como personal político transitorio" y se establece que esto será "asegurando total desvinculación en la relación de dependencia laboral, salarial, previsional y fiscal con el Estado Provincial".

A estos efectos, "dispónese, para cada Legislador, de 12 módulos anuales, equivalente cada uno a un haber bruto que percibe en su carácter de Legislador", es decir que se le duplica la dieta bruta que percibe.

La norma aprobada puntualiza también, que "adicionalmente, con dichos módulos, asumirán los gastos de insumos, de telefonía celular, de asesoramiento, de gestoría, y de servicios técnicos y profesionales, que su actividad como Legislador le genere para el cumplimiento de su función".

El texto completo de la ley

ARTÍCULO 1º.- Apruébese las estructuras funcionales de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados de la Provincia.-ARTÍCULO 2º.- Créanse los siguientes cargos con el carácter que en cada caso se especifican a los fines de la dotación de las estructuras orgánicas funcionales, cuya remuneración correrá por cuenta del Estado Provincial:
UNIDAD DE ORGANIZACIÓN CÁMARA DE SENADORES
Carácter político transitorio sin estabilidad
UN (1) cargo de Secretario Legislativo.-
UN (1) cargo de Secretario Administrativo.-
UN (1) cargo de Pro Secretario Legislativo.-
UN (1) cargo de Pro Secretario Administrativo.-
UN (1) cargo de Asesor Legal de Cámara.-
UN (1) cargo de Secretario Privado de Presidencia de Cámara.-
UN (1) cargo de Coordinador General Consorcio Palacio Legislativo.-
UN (1) cargo de Coordinador de Relaciones Institucionales.-
UN (1) cargo de Encargado de Prensa.-
Carácter permanente con estabilidad
DOS (2) cargos en Suministro.-
TRES (3) cargos en Servicio y Mantenimiento.-
DOS (2) cargos en Conmutador.-
CUATRO (4) cargos en Información Parlamentaria.-
UN (1) cargo en Archivo General.-

DOCE (12) cargos en Maestranza.-
DOS (2) cargos en Mesa de Entradas.-
DOS (2) cargos en Fotocopiadora.-
OCHO (8) cargos en Despacho Legislativo.-
DOS (2) cargos en Extensión Legislativa.-
UN (1) cargo en Privada de Presidencia.-
TRES (3) cargos en Coordinador de Comisiones.-
DOS (2) cargos en Liquidación de Haberes y Gestión rovisional.-
UN (1) cargo en Compras y Contable.-
CINCO (5) cargos en Cuerpo de Taquígrafos.-
UN (1) cargo en Archivo Histórico Legislativo.-
DOS (2) cargos en Diario de Sesiones.-
CUATRO (4) cargos en Informática.-b) UNIDAD DE ORGANIZACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS
Carácter político transitorio sin estabilidad
UN (1) cargo de Secretario Legislativo.-
UN (1) cargo de Secretario Administrativo.-
UN (1) cargo de Pro Secretario Legislativo.-
UN (1) cargo de Pro Secretario Administrativo.-
UN (1) cargo de Asesor Legal de Cámara.-
UN (1) cargo de Secretario Privado de Presidencia de Cámara.-
UN (1) cargo de Responsable de Intendencia del Edificio de Cámara de Diputados.-
UN (1) cargo de Encargado de Prensa.-
Carácter permanente con estabilidad
DOS (2) cargos en Suministro.-
TRES (3) cargos en Servicio y Mantenimiento.-
DOS (2) cargos en Conmutador.-
CUATRO (4) cargos en Información Parlamentaria.-
UN (1) cargo en Archivo General.-
DOCE (12) cargos en Maestranza.-

DOS (2) cargos en Mesa de Entradas.-
DOS (2) cargos en Fotocopiadora.-
OCHO (8) cargos en Despacho Legislativo.-
DOS (2) cargos en Extensión Legislativa.-
UN (1) cargo en Privada de Presidencia.-
TRES (3) cargos en Coordinador de Comisiones.-
DOS (2) cargos en Liquidación de Haberes y Gestión Previsional.-
UN (1) cargo en Compras y Contable.-
CINCO (5) cargos en Cuerpo de Taquígrafos.-
UN (1) cargo en Archivo Histórico Legislativo.-
DOS (2) cargos en Diario de Sesiones.-
CUATRO (4) cargos en Informática.-


ARTÍCULO 3º.- Se abrirá un registro para que el personal de Planta Permanente o Contratado de ambas Cámaras que en forma voluntaria solicitaren cumplir funciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, la nómina de postulantes será remitido al Ministerio de Hacienda y en caso de existir conformidad entre las partes, se celebrará el respectivo traspaso de dichos agentes, el que deberá respetar los derechos laborales adquiridos por los mismos.-
Se invitará al personal a adherirse a la Pasividad Voluntaria Anticipada, en tanto reúnan los requisitos, facilitándose los trámites pertinentes de aquellos que así lo soliciten.-

ARTÍCULO 4º.- La designación de los cargos correspondientes a la estructura orgánica aprobada en el Artículo 2º de la presente respetará los derechos adquiridos y será realizada con el personal que actualmente presta servicios, en Planta Permanente y supletoriamente en Planta Contratada, por medio de Resolución de Presidencia de cada Cámara.-

ARTÍCULO 5º.- El personal excedente de la estructura orgánica funcional determinada en el Artículo 2º de esta Ley conservará su permanencia laboral en la Cámara hasta que la relación laboral culmine por jubilación, retiro voluntario o alguno de los medios que la Ley de Contrato de Trabajo establece.-
ARTÍCULO 6º.- Toda designación futura que exceda los límites de la estructura orgánico-funcional establecida en la presente, se considerará nula de nulidad absoluta. Quienes incumplan con esta disposición propiciando el ingreso de agentes, responderán con su propio patrimonio, liberando al Estado de cualquier obligación laboral, contractual, extracontractual y/o funcional.-

ARTÍCULO 7º.- Personal político y gastos a cargo de cada Legislador. Ratifícase la Resolución Nº 053-P-CD-2009. Se prohíbe expresamente toda designación de personal político transitorio por parte de ambas Cámaras, a excepción del consignado en el Artículo 2°. Los señores Legisladores asumirán el pago de las remuneraciones del personal que revista como personal político transitorio, a excepción del consignado en el Artículo 2° del presente, asegurando total desvinculación en la relación de dependencia laboral, salarial, previsional y fiscal con el Estado Provincial. A estos efectos, dispónese, para cada Legislador, de DOCE (12) módulos anuales, equivalente cada uno a un haber bruto que percibe en su carácter de Legislador. Adicionalmente, con dichos módulos, asumirán los gastos de insumos, de telefonía celular, de asesoramiento, de gestoría, y de servicios técnicos y profesionales, que su actividad como Legislador le genere para el cumplimiento de su función.-
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, gírese la presente para su revisión a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis, conforme lo dispone el Artículo 132 de la Constitución Provincial.-
http://www.periodistasenlared.info/diciembre11-22/nota1.html




Los legisladores se duplicaron las dietas
Como un autoregalo de Navidad, los diputados transformaron en ley el proyecto que contempla a duplicación de las dietas, que incluye también a los senadores. De todos lo diputados que votaron afirmativamente la iniciativa, sólo la votó en contra el radical Fidel Haddad en la sesión extraordinaria de ayer.

La reciente ley contempla el pago de 12 módulos de $18.000 a cada legislador para que le pague a sus empleados políticos y afronte gastos de insumos, de telefonía celular, de asesoramiento, etc.

“No encuentro ningún motivo para que a ningún legislador se le de en la mano un peso más de lo que actualmente recibe. Creo que esta es una ley mentirosa y lo que hace es que cada legislador se lleve $18.000 pesos al bolsillo. En ninguna parte del texto dice que el dinero tiene que ser rendido. Dicen que lo van a poner en la reglamentación. Me parece muy mal que un legislador vote algo que tiene semejante grado de oscuridad”, expresó Haddad.

El diputado agregó que las dietas extra, algunos de sus pares manifestaron en el recinto que lo iban a usar para pagarles “a sus puntero políticos”, y directamente apuntó contra Walter Ceballos y Alberto Magallanes.

Haddad manifestó que le sorprendió que sus colegas votaran a favor de la ley pero especialmente los cuatro diputados radicales. “Los que fundaron este partido creo que los echaban a todos por votar esta norma”, disparó Haddad.

Por otra parte, la ley garantiza la permanencia en la fuente de trabajo del personal excedente tras la reforma orgánica de ambas cámaras hasta su jubilación o retiro voluntario.
Tras la aprobación de la ley, la estructura legislativa quedará conformada de la siguiente manera:
(...)
http://lagaceta-digital.com.ar/tempor/index.php?option=com_content&view=article& id=5419:los-legisladores-se-duplicaron-las-dietas&catid=1:latest-news&Itemid=50