miércoles, 7 de febrero de 2007

ELECCIONES Y EXTENSION DE MANDATOS: TODO A GUSTO DEL FEUDAL...


En mayo de 2003 asumió casi 7 meses antes de que le correspondiera, se argumentaba el vacio de poder... La verdadera razón era que no se podía aguantar hasta el 10 de diciembre y menos teniendo a la "isabelita" puntana como gobernadora... Ahora pretende quedarse esos casi 7 meses mas hasta el 10 de diciembre de 2007, porque le piace...



OTRA VIOLACIÓN A LA CONSTITUCIÓN: LLAMARÁN A ELECCIONES EN AGOSTO, PERO EL MANDATO DE RODRÍGUEZ SAÁ TERMINA EL 25 DE MAYO
Una nueva violación de la Constitución de la Provinica se producirá cuando se formalice el llamado a elecciones para consagrar al nuevo gobernador de San Luis, ya que según lo que ayer se adelantó en el Senado, sería "para los meses de julio o agosto"; pero el mandato del actual gobernador, Alberto Rodríguez Saá, expira, según la Carta Magna, el 25 de mayo de este año.
El anuncio fue hecho por Antonia Salino, a quien no se le movió un músculo ni se ruborizó al responder que se desdoblarán las elecciones provinciales de las nacionales "porque no nos conviene políticamente" ir en la misma fecha.
Elecciones 2007
Con el llamado en agosto, se producirá una nueva violación a la Constitución
San Luis
(Pelr) 07-02-07. Una nueva violación de la Constitución de la Provinica se producirá cuando se formalice el llamado a elecciones para consagrar al nuevo gobernador de San Luis, ya que según lo que ayer se adelantó en el Senado, sería "para los meses de julio o agosto"; pero el mandato del actual gobernador, Alberto Rodríguez Saá, expira, según la Carta Magna, el 25 de mayo de este año.
El anuncio fue hecho por la titular del bloque justicialista, Antonia Salino, a quien no se le movió un músculo cuando respondió que se desdoblarán las elecciones provinciales de las nacionales "porque no nos conviene políticamente" ir en la misma fecha.
Tampoco el senador Álvarez (el autor de la ley de riña de gallos) se ruborizó cuando explicó -o al menos intentó sin demasiado éxito- los porqué del mandato extendido del actual primer mandatario. Quien al menos titubeó y dio la sensación de sentirse "descubierto" fue el asesor de apellido Cornejo que ensayó un argumento que tropezó en todo momento con el texto de la Constitución.
Entre la soberbia, la impunidad y la ignoranciaMolesto por lo que este cronista manifestaba, relacionado a la inconstitucionalidad del llamado a elecciones para Gobernador y vice en el mes de agosto, en el caso de San Luis y octubre en el caso de las elecciones a Presidente de la Nación, el senador por el departamento Belgrano, Alberto Leyes, terció en la discusión manifestando que "La Constitución de la Provincia, dice que el mandato dura cuatro años a partir del 10 de diciembre, no dice a partir de su juramento. Dice que a partir del 10 de diciembre dura cuatro años en sus funciones; es decir que a Rodríguez Saá se le vencería el plazo el 10 de diciembre de 2007", ignorando lo que dice el texto constitucional, que a continuación reproducimos:
"Artículo 147. El gobernador y vice gobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones, contados desde el día en que prestan juramento y pueden ser reelectos".
Y si existiese algún tipo de dudas, el artículo 148 señala textualmente:
"El gobernador y vicegobernador cesan en sus respectivos mandatos el mismo día en que expira su período legal, sin que hecho alguno que lo haya interrumpido pueda ser motivo para que lo complete más tarde o para su prórroga".
Ya fuera de micrófono, en una especie de disputa mano a mano con quien escribe estas líneas, el senador Leyes manifestó que si no se adelantaban las elecciones en 2003, producida la renuncia de Alicia Lemme como gobernadora, el gobierno quedaba acéfalo, desconociendo nuevamente el texto constitucional que prevé los mecanismos de sucesión para esos casos.
"Artículo 152. El vicegobernador reemplaza al gobernador por el resto del período legal, en caso de fallecimiento, destitución y renuncia o hasta que haya cesado la inhabilidad temporal en los casos de enferemedad, suspensión o ausencia. Si la inhabilidad o ausencia temporaria del gobernador y vice son simultáneas, ejerce el Poder Ejecutivo hasta que cesan tales causales para alguno de ellos, el Presidente Provisional del Senado o, en su defecto, el Presidente de la Cámara de Diputados".
Este supuesto nunca se cumplió, por tanto la elección de 2003 fue inconstitucional, la asunción también y ahora, bajo cualquier pretexto, se pretende consagrar otra violación y otorgarle a Alberto Rodríguez Saá un mandato de casi siete meses mas que lo que ordena el texto de la Carta Magna.
Al menos para poder sostener un diálogo fundamentado en la verdad, los legisladores deberían haber leído alguna vez la Constitución de la Provincia de San Luis, que juraron "respetar y hacer respetar".
Lo de Leyes, simplemente vergonzoso.
A título informativo, para que no existan confusiones, este periodista también sostiene que el mandato del Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, finaliza el 25 de mayo, a pesar de que el proceso por el que se llegó a la elección anticipada fue absolutamente distinto y se cumplieron los pasos (aunque no todos) para suplantar a Fernando de la Rua. El artículo 91 de la CN también determina de forma expresa que "El Presidente de la Nación cesa en el poder el mismo día en que expira su período de cuatro años; sin que evento alguno que lo haya interrumpido, pueda ser motivo de que se le complete más tarde".
Informe: Gustavo Sennmailto:Senngustavosenn@argentina.com